Es verdaderamente sorprendente que se hayan
presentado mas de 70 aspirantes a los tres cargos de Alcalde Local, sobre todo si se tiene en cuenta que
se trata de un cargo complicado, desprestigiado, con muy poco respaldo
institucional y sobre todo con un salario nada envidiable.
Hay circulando varias versiones que explicarían
esta extraña tendencia; explicaciones que van desde los que piensan que la
ciudad está en una época excepcional, en la que hay una verdadera bonanza de
líderes, desinteresados y altamente preocupados por trabajar por las diferentes
localidades, hasta los que aseguran que se trata de un indicio claro de que definitivamente no hubo
campo para todos, y un importante grupo de candidatos a ocupar puestos en el
gobierno se quedó sin chamba y, la única opción viable en este momento, es
sacar manteca para encaramarse en uno de los tres que aun quedan.
Desde su creación, a través de la ley 768 de
2002, las alcaldías locales han sufrido de deficiencias estructurales
relacionadas con el poco apoyo institucional y a veces hasta el desprecio
camuflado y consentido de amplios sectores, que les cobran con tirria, el
extraño origen híbrido de los alcaldes locales escogidos, quienes no son ni elegidos
popularmente, ni seleccionados
directamente por el propio
alcalde, quien los debe nombrar de terna definida por la Junta Administradora
Local, después de un escabroso proceso que además trae aparejadas demandas y
todo tipo de malquerencias.
Con esta metodología puede ocurrir que el
alcalde local resultante no tenga el respaldo de la comunidad, así como de una parte
de la JAL que definió la terna y a veces
ni del propio alcalde mayor, a quien le
toca seleccionarlo para posteriormente ser su jefe directo.
Comprendemos la ofuscación del Sr. Alcalde,
cuando se enfrenta a un proceso en el que mas de setenta participantes, le
piden el beneplácito y solo dispone de tres cupos para adjudicar. No hay que
olvidar que muy seguramente un grupo importante de aspirantes participaron en
la campaña del Alcalde mayor elegido y como tales se creen con algún derecho a los
cargos en disputa.
Las funciones de los alcaldes locales son
múltiples de alta exigencia y están contenidas en el decreto 051 de 2005, en el
cual, en 10 artículos, se definen una serie de competencias, que van desde
coordinar las políticas distritales en su localidad, hasta dar permisos,
sancionar, atender todo tipo de quejas, restituir bienes de uso público y
evaluar el desempeño de la policía en su localidad.
Un cargo con tantas atribuciones requiere
necesariamente de funcionarios con un alto nivel de preparación y conocimiento
de lo público y por supuesto con un gran respaldo institucional que incluya las herramientas físicas y financieras y el
talento humano indispensable para esta gestión. Desde que esta figura comenzó a
operar ha recibido mas críticas que elogios y el sentimiento generalizado es
que aun no arranca y que no se han dado pasos para consolidarla, de acuerdo con las expectativas políticas y
jurídicas que de ella se tenían.
El Alcalde mayor desde ya ha anunciado
limitaciones y fuertes controles a los nuevos alcaldes locales. Sin embargo, independientemente
de quien resulte seleccionado, a la par
de los controles, el Alcalde deberá liderar un proceso frontal de respaldo, para fortalecer el
trabajo en equipo que haga viable esta importante
institución y elimine las posibilidades de una nueva frustración.
Artículo publicado el 31 de Enero de 2012
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