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jueves, 12 de septiembre de 2013

El fallo de la Haya ... si existe


Casi 10 meses se gastaron los expertos internacionalistas ingleses, contratados por la canciller, para encontrar el artículo 101 de nuestra Constitución, que habla específicamente de los límites del país. Como todos recordaremos, desde que se anunció el fallo de la Corte de la Haya,  el gobierno colombiano estudia los pasos a seguir en los tribunales y contrató, por un ojo de la cara,  a cuatro equipos de abogados especialistas en derecho internacional, para ver cuál camino seguir.

Después de profundos y complejos estudios, conciliábulos y consultas, el Presidente en un discurso entrecortado por la emoción dijo que: el fallo de la Haya es “inaplicable” porque contradice el artículo 101 de la Constitución. Con el respeto que se merecen el Presidente, la canciller y todos sus asesores, pienso que los expertos ingleses se birlaron olímpicamente ese billete porque, primero: para leer ese artículo, no hay que contratar a ningún experto. Ese es un tema de tercer semestre de derecho. Y, segundo: con todo lo que se les pagó y los diez meses de estudios, no fueron capaces de leer en su totalidad el artículo 101.

Efectivamente, el susodicho artículo reza que: “Los límites de Colombia son los establecidos por los tratados internacionales aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República”. Sin embargo, lo que no dijeron fue que a renglón seguido continua el 101: “Y los definidos por los laudos arbitrales en que sea parte la nación”. Los laudos eran las decisiones de la Corte Permanente de Arbitramento, CPA, creada en 1899 por la primera conferencia de la Paz en la Haya y cuya función era la solución de controversias internacionales. Esta corte comenzó a perder vigencia en 1946 cuando entró en funcionamiento la Corte Internacional de Justicia de la Haya, CIJ, como un organismo de las Naciones Unidas. Hoy en día la CPA sigue operando pero dedicada casi en su totalidad a la solución de conflictos privados, mientras que la CIJ, sigue dedicada a las controversias de derecho público, como es el caso de Colombia – Nicaragua.

Así que nuestra Constitución si admite la fijación de límites a través de mecanismos diferentes a los tratados. En este caso, las sentencias de la haya son a la Corte Internacional de justicia, lo que los laudos  eran a la Corte Permanente de Arbitramento. El mismo artículo 101, que corresponde al artículo 3 de la Constitución de 1886, establece mas adelante que: Los límites con Nicaragua son los definidos por el tratado firmado el 24 de Marzo de 1928, mas conocido como tratado Esguerra Bárcenas. Entonces, si existía un tratado de fijación de límites con Nicaragua, y, como dice el Presidente, estos solo se pueden fijar a través de tratados, porqué sometieron a la Corte de la Haya, la definición de límites marítimos con Nicaragua. No sería que sabían que la corte si era competente?

Pero hay mas inconsistencias: en el Derecho internacional, no existe el concepto de “aplicabilidad” de las sentencias. Estas se acatan o no se acatan y si no se acatan, se somete el país a las sanciones que esto trae amarrado. Por supuesto que la sentencia es aplicable y ya Nicaragua la está aplicando desde hace rato. Es igualmente un gran error conceptual, oponer normas del Derecho Interno a las decisiones del Derecho internacional. No podemos definir la situación limítrofe internacional, mediante leyes internas expedidas por nuestro congreso, tal como propone Santos. Si esto fuera posible, porqué no hemos expedido la ley que define nuestra situación limítrofe con Venezuela? El sentido y el espíritu de la normatividad internacional, es precisamente el de establecer una instancia jurídica especializada, que dirima aquellas situaciones, para las cuales el derecho interno de los países no alcanza, ni mucho menos aplica.

Obvio que todos quisiéramos que a Colombia se le diera la razón en todos sus litigios internacionales, pero, cambiar de tono en la definición del conflicto, no significa que se grite mas, o se sea mas vehemente en los discursos, sobre todo cuando para nadie es un secreto, que la postura del Presidente es claramente política y pretende crear una cortina de humo, con un paquete de nacionalismo, mitad selección Colombia, mitad conflicto de la haya, para que el pueblo lo rodee y se le olviden todas los episodios del paro agrario y demás embarradas y su popularidad vuelva a subir como la espuma, de cara a la próxima reelección. El método Chavista que tanto criticaron.

@rododiazw

1 comentario:

  1. Definitivamente los problemas legales de Colombia deben entregárselos a los estudiantes de las diferentes universidades que quieran concursar y los estudiantes que resuelvan los casos favorablemente, deberán ser los que reciban los dineros y así con seguridad a Colombia los problemas le saldrán menos costosos y mejor resuelto.

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